La Sala Superior del TEPJF revocó el acuerdo del INE que negaba medidas cautelares a la senadora y aspirante a la candidatura presidencial de Va por México, Xóchitl Gálvez Ruiz, por la posible violencia política de género ejercida por López Obrador en sus conferencias matutinas.
MARITZA PÉREZ / EL ECONOMISTA
La Sala Superior del TEPJF revocó el acuerdo del INE que negaba medidas cautelares a la senadora y aspirante a la candidatura presidencial de Va por México, Xóchitl Gálvez Ruiz, por la posible violencia política de género ejercida por el presidente Andrés Manuel López Obrador en sus conferencias matutinas.
En privado, y por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinó que las expresiones del mandatario mexicano realizadas durante las conferencias matutinas de los días 10, 11, 14 y 17 de julio, sí se trataron de violencia política de género en contra de Xóchitl Gálvez, ya que lo dicho por López Obrador pretende transmitir la idea de que las aspiraciones políticas de la panista, para ocupar un determinado cargo, no se sustentan en sus méritos, sino en la decisión de un grupo de hombres.
Por ello, el máximo tribunal electoral revocó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), por el que determinó la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas por Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, en su carácter de ciudadana, senadora y aspirante a ser la responsable para la construcción del Frente Amplio por México, en contra del titular del Ejecutivo federal y diversos servidores públicos.
Asimismo, ordenó a la Comisión del INE emitir un nuevo acuerdo en 24 horas —una vez notificado—, en el que a partir de reconocer la utilización de estereotipos de género en las conferencias matutinas mencionadas, determine lo que corresponda respecto de las medidas solicitadas.
Cabe señalar que en un inicio, la senadora Xóchitl Gálvez solicitó al INE medidas cautelares para que se ordenara a los sujetos denunciados el retiro y la no reproducción, en portales oficiales, de las expresiones denunciadas.
También solicitó medidas, en su vertiente de tutela preventiva, para que el presidente de la República se abstuviera de emitir mensajes constitutivos de violencia política de género.
Actos de Ebrard
En otro tema, el TEPJF determinó, por unanimidad de votos, que la Sala Especializada lleve a cabo una investigación en contra del Movimiento Nacional Ebradorista, así como otros eventos del aspirante a la candidatura presidencial de Morena, Marcelo Ebrard, por considerarse posibles actos anticipados de campaña.
Lo anterior al revocar sentencias de la Sala Especializada que, en su momento, determinó que no se habían cometido actos anticipados por parte de Marcelo Ebrard, entonces secretario de Relaciones Exteriores, en diversos eventos celebrados en Chihuahua, Michoacán y la Ciudad de México, en los que supuestamente lo habían posicionado frente al proceso electoral.
En estas quejas, un ciudadano argumentó que el denunciado había cometido actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y también violentado el principio de imparcialidad.
El pleno, determinó revocar las resoluciones impugnadas para que la Sala Especializada realice en 72 horas, después de la notificación, un estudio completo y exhaustivo del caso y, posteriormente, en un plazo de 10 días naturales, realizar las investigaciones correspondientes, para que en otros cinco días emita una nueva sentencia.