Diputados no entrarán a la revisión de la reforma complementaria a la Ley de Salud
MÓNICA CAMACHO / La Jornada de Oriente
Para la despenalización del aborto en Puebla, el Congreso estatal enfrenta el dilema de decidir entre dos iniciativas, presentadas por Morena y el PT. La primera sugiere retirar la sanción de cárcel en las primeras 12 semanas de gestación; la segunda anula esa penalidad por completo y propone imponer trabajo comunitario a partir de las 14 semanas.
Lo que es un hecho es que el Poder Legislativo local no entrará a la revisión de la reforma morenista complementaria, que se propone a la Ley de Salud del estado, indispensable para garantizar el acceso a la interrupción del embarazo de manera gratuita y segura en hospitales públicos del estado.
El grupo parlamentario del PT presentó la iniciativa la semana pasada para retirar del Código penal la sanción de seis meses a un año de prisión que impone “a la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar”.
La fuerza política aliada de Morena plantea que la interrupción voluntaria del embarazo sea sancionada después de la semana 14 de gestación, con 15 días a dos meses de trabajo en favor de la comunidad.
Bajo la propuesta del PT, la cárcel sólo se mantendría para la persona que hiciere abortar, aun cuando tenga el consentimiento de ella, con una duración de 15 días a dos meses de prisión, a lo que se sumaría una multa de hasta de 100 Unidades de Medida y Actualización.
El proyecto de Morena sugiere la despenalización dentro de las 12 semanas, después de las cuales concede dos opciones a los juzgadores: imponer de tres a seis meses de prisión a la mujer o persona gestante que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar; o trabajo a favor de la comunidad por un plazo que puede ir de los 100 a los 300 días.
¿Cuáles son los alcances de la reforma a la Ley de Salud?
La bondad de la iniciativa de Regeneración Nacional es que incluye la reforma a la Ley de Salud del estado, la cual obligaría a ese sector a brindar una atención integral, humanizada, calificada y de calidad, en caso de aborto legal.
Asimismo, establece un plazo de hasta tres días naturales para que las instituciones de salud practiquen la interrupción legal del embarazo, “excepto cuando la mujer declare, bajo protesta de decir verdad que el embarazo es resultado de una violación sexual, en cuyo caso la institución deberá efectuar la interrupción de conformidad con la legislación y normatividad en materia atención a víctimas de un delito”.