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Tribunal Electoral declara invalidez de consulta de revocación por no alcanzar mínimo de participación | El Financiero

‘No ha lugar a emitir la declaratoria de validez del proceso de revocación de mandato del titular del Ejecutivo federal’, dijo Reyes Rodríguez Mondragón, presidente de la Sala Superior del TEPJF.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió la invalidez de la consulta de revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador. (Cuartoscuro)

DAVID SAÚL VELA / EL FINANCIERO

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió este miércoles la invalidez de la consulta de revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador.

“No ha lugar a emitir la declaratoria de validez del proceso de revocación de mandato del titular del Ejecutivo federal, al no haberse alcanzado el porcentaje mínimo de participación exigido por la Constitución”, dijo Reyes Rodríguez Mondragón, presidente de la Sala Superior del TEPJF.

La decisión se tomó en sesión solemne a la que asistieron Arturo Zaldívar, presidente de la Suprema Corte; Adán Augusto López, secretario de Gobernación; Lorenzo Córdova, presidente del INE, y representantes de diversos partidos políticos.

Ahí, se oficializó que en la consulta de revocación de mandato hubo una participación de 16.5 millones de mexicanos, cifra que significa apenas el 17.7 por ciento del total de personas inscritas en el listado nominal del INE.

Se precisó que un millón 63 mil 209 de los votos, equivalentes al 6.44 por ciento del padrón electoral, fueron en el sentido de pedir la revocación de mandato al Presidente de la República, por pérdida de la confianza.

Mientras que 15 millones 159 mil 323 personas, equivalente al 91.86 por ciento del padrón electoral, pidieron que López Obrador se mantenga en la Presidencia hasta 2024; y se invalidaron 280 mil 104 papeletas, equivalente al 1.70 ciento del padrón.

Primera consulta de revocación de mandato

El magistrado Rodríguez Mondragón, dijo que con esto se da la formal conclusión el primer ejercicio de revocación de mandato, plasmado en la Constitución a partir de diciembre de 2019.

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Destacó que el INE demostró su compromiso con la democracia “al llevar a cabo una labor encomiable”, con el respaldo de la ciudadanía, al instalar 57 mil 448 casillas y con la participación de 11 mil 807 ciudadanos en la jornada; así como con la acreditación de 98 misiones de observación electoral extranjera.

En tanto, recordó que el TEPJF también confirmó su compromiso con la democracia al resolver 6 mil 646 demandas relativas a diversas controversias sobre este ejercicio, a través de 266 sentencias.

Finalmente, aseguró que la calidad de un proceso electivo o un proceso de democracia directa es producto de la corresponsabilidad de quienes intervienen por lo que es necesario que autoridades electorales, gobernantes, partidos políticos y toda la ciudadanía, actúen, cada uno de su trinchera, comprometidos con el respeto a las normas los valores y los principios que guían a nuestra democracia constitucional.

Fuente: https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2022/04/27/tribunal-electoral-declara-invalidez-de-consulta-de-revocacion-por-no-alcanzar-minimo-de-participacion/

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