Los Periodistas

TEEP exonera a Claudia Rivera de actos anticipados de campaña | Ángulo 7

Foto: Especial

EDGAR GUZMÁN URIBE / ÁNGULO 7

El TEEP exoneró a la exalcaldesa Claudia Rivera Vivanco de actos anticipados de campaña, pero, por otro lado, pidió a la Contraloría Municipal analizar una queja de violencia política de género y discriminación contra la morenista dos exfuncionarios más del ayuntamiento.

Esto, durante la sesión del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) en donde se resolvió primero el asunto TEEP-AE-040/2022, interpuesto por un ciudadano y en el que acusó la presencia de una barda en la que fue colocada propaganda de su campaña en búsqueda de la reelección.

Sin embargo, al analizar el caso, se detectó que dicha barda correspondía al proceso electoral de 2018, cuando la morenista buscó por primera vez la presidencia municipal de Puebla.

Este caso causó debate entre los magistrados respecto a que, si la excandidata debía ser sancionada por la falta del deber de cuidado y no ordenar que la propaganda fuera retirada de la barda, que ello pudo generarle ventaja de posicionamiento, ya que la pinta permaneció dos años.

Por una parte, la presidenta del TEEP, Norma Angélica Sandoval Sánchez, consideraba que los hechos ameritaban una amonestación pública y registrar a la morenista en el catálogo de sujetos sancionados por un periodo de 3 años, ya que pudo haber obtenido ventaja.

Además de que, como máxima autoridad en el municipio, tenía la obligación de verificar que los partidos políticos hubieran retirado la propaganda del proceso electoral de 2018, lo cual no hizo, por lo que “todas estas consideraciones son suficientes para tener por existente la conducta infractora que se denuncia”.

Por ello, sostuvo que se tenía que emitir una amonestación pública e introducir a Rivera Vivanco en el catálogo de sujetos obligados.

En tanto, el magistrado Ricardo Adrián Rodríguez Perdomo, quien estuvo a cargo del proyecto, en su intervención refirió lo contario, toda vez que la leyenda que estaba pintada en la barda era distinta a la que uso en 2021, pues en ésta último uso la leyenda “Clau Rivera”.

Agregó que no se puede decir que hubo actos anticipados de campaña debido a que la propaganda no está vinculada al proceso electoral del año pasado, por lo que el proyecto fue avalado con mayoría de votos.

Contraloría debe revisar caso de violencia de género

Por otra parte, en el recurso TEEP-AE-114/2021 interpuesto por la extrabajadora del ayuntamiento, Yasmin Nalleli Flores Hernández en contra de la exalcaldesa, el exsecretario de Gobernación, René Sánchez Galindo y Margarita del Carmen Rodríguez Daruich, el tribunal se declaró incompetente.

No obstante, el asunto fue reencausado a la Contraloría Municipal para que sea ésta la que revise el caso y en su caso resuelva si hubo o no violencia de política género y discriminación contra Flores Hernández.

Los magistrados argumentaron que se reencauza la denuncia porque los agravios señalados no corresponden a la esfera político-electoral, pero con la finalidad de salvaguardar los derechos de las mujeres será dicha instancia la que determine si existió lo denunciado.

Es de mencionar que en su momento Flores Hernández acusó que la exedil le redujo el salario para ser inferior al de otros dos coordinadores, pese a se encontraba en el mismo nivel del organigrama en la Coordinación de Proyectos Estratégicos de Presidencia, la cual estaba a cargo de Andrés García Viveros, quien fue separado por hostigamiento sexual.

Claudia Rivera acusa dilación de IEE

Por otra parte, Rivera Vivanco interpuso este jueves un recurso en la Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) en el que acusó dilación por parte del Instituto Electoral del Estado (IEE) para resolver dos denuncias por violencia política de género ejercida en medios.

El asunto quedó bajo el expediente SCM-JDC-179/2022 en el cual la exalcaldesa argumentó que no se han resuelto dos procesos especiales sancionadores y su petición de medidas cautelares, los cuales fueron interpuestos desde el pasado 3 de marzo.

“Para controvertir una alegada omisión y dilación injustificada del trámite de los expedientes SE/PES/CRV/013/2022 y SE/PES/CRV/014/2022, actualmente en instrucción por parte del Instituto Electoral del Estado de Puebla, así como dictar medidas cautelares”, señala el acto reclamado.

El lunes pasado, el exsecretario general del ayuntamiento, Damián Romero Suárez, dijo que como parte de las denuncias se presentaron 142 enlaces en los que se incluían notas y columnas periodísticas, pero que, tras recibir la documentación, se publicó una columna con los detalles y fueron eliminados 26 ligas que contenían los hechos denunciados.

Confirma triunfo de PSI en Miahuatlán

En otro punto de la sesión, el TEEP confirmó los resultados de la elección extraordinaria en el municipio de San José Miahuatlán, lo cual se da a dos semanas de que entre en funciones el ayuntamiento donde triunfo Lourdes Francisca Mendoza Hernández, impulsada por Pacto Social de Integración (PSI).

El PAN en el recurso TEEP-I-001/2022 acusó que era una candidata “Juanita” y buscaba anular la elección toda vez que participó con el pseudónimo de “Baltazar”, aprovechando el posicionamiento que tuvo su hijo, Ángel Darío Baltazar Mendoza, en el anterior proceso electoral ordinario de 2021, entonces postulado por Redes Sociales Progresistas (RSP) a la alcaldía y quien fue registrado como segundo regidor en la planilla que ganó.

Para el PAN, ello generó confusión entre el electorado y la presunción de que será el hijo quien asuma el cargo, pero los magistrados resolvieron que es algo que no se ha consumado y que en una sentencia anterior se resolvió que no fue irregular el uso del sobrenombre por parte de la candidata del PSI, por lo que fue desechado el recurso.

R: DJ

Fuente: https://www.angulo7.com.mx/2022/04/21/teep-exonera-a-claudia-rivera-de-actos-anticipados/

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio