Por Dr. Carlos Figueroa Ibarra
El 16 de junio de este año, el Comité Ejecutivo Nacional de Morena fue convocado para discutir la convocatoria al III Congreso Nacional Ordinario, el cual había sido anunciado públicamente por el presidente del CEN en la concentración realizada en Toluca el 12 de junio. Cabe destacar que el documento indispensable para dicha reunión, el proyecto de convocatoria al referido congreso, fue enviado a las 11.45 pm del 15 de junio lo que significaba una gran premura pues la reunión del CEN fue convocada para las 9 horas de ese 16 de junio.
La realización de un congreso para renovar los órganos ejecutivos y de conducción de Morena es una demanda generalizada en el seno de dicho partido. Comités ejecutivos nacional y estatales, Consejo Nacional y consejos estatales no ha sido renovados desde 2015 cuando fueron electos por el I Congreso Nacional Ordinario. Debieron haber terminado sus funciones en 2018; es decir, van camino a cuatro años de funcionamiento más allá del término de tiempo que fija el Estatuto.
El movimiento que se aglutinó en la Convención Nacional de Morenistas realizada el 5 de febrero de este año, tuvo entre sus principales exigencias la realización de un congreso que renovara todos los órganos ejecutivos y de conducción, pero muy particularmente el relevo del presidente del CEN y de su secretaria general. Esto será la primera divergencia que observaremos en el contexto de este proceso de congreso que culminará el 17 y 18 de septiembre: todos los integrantes de los órganos ejecutivos y de conducción serán reemplazados por nuevos integrantes electos, menos Mario Delgado y Citlalli Hernández.
La explicación que ha dado el propio presidente del CEN Mario Delgado, es que hay una resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que mandata que ellos dos continúen en el cargo hasta el año 2023. La pregunta que asalta es la siguiente: ¿Un congreso nacional ordinario, máxima expresión de la potestad soberana de un partido, no tiene el derecho de revocar una decisión puntual de un órgano ajeno a dicho partido? La resolución del TEPJF en que se amparan Delgado y Hernández es producto de una situación excepcional que quedaría concluida en cuanto se celebrara un Congreso Nacional Ordinario.
A esta divergencia, se unirán otras que ya he empezado a escuchar y leer.
El momento democrático nacional del Congreso son las asambleas distritales realizadas en cada uno de los 300 distritos electorales del país. Estas asambleas son momentos democráticos en los que los militantes de Morena eligen a los coordinadores distritales que serán también congresistas estatales y nacionales, así como consejeros estatales. Como nunca se resolvió el problema del padrón (el propio Delgado con el apoyo de la mayoría del CEN suspendió la afiliación de integrantes de Morena en noviembre de 2021); la afiliación se realizará en el momento mismo de las llamadas asambleas distritales y acto seguido los recién afiliados pasarán a votar por un hombre y una mujer para elegir a los diez coordinadores y coordinadoras distritales, que también serán consejeros y congresistas estatales y nacionales. Y después de afiliarse y de votar, se irán a su casa para evitar contagiar o contagiarse de Covid 19. No habrá asambleas distritales, en su lugar habrá filas de afiliación y votación.
Las razones sanitarias resultan inverosímiles en tanto que el 12 de junio hubo una concentración en Toluca de miles de personas. La afiliación en el momento de las asambleas distritales del 30 y 31 de julio, previsiblemente será escenario de masivos acarreos para influir en los resultados de las votaciones que harán los recién inscritos en el partido. Todos aquello/as que se postulen en línea para ser coordinadores/as distritales y también consejeros estatales, nacionales y congresistas, tendrán que pasar por el filtro de la Comisión Nacional de Elecciones, la cual decidirá quienes serán finalmente los 200 candidatos y 200 candidatas por Distrito.
La Comisión Nacional de Elecciones que decidirá quiénes serán los candidato/as a Congresistas, es la misma instancia que fue severamente cuestionada por su actuación en el proceso electoral que culminó en junio de 2021. Está integrada por cinco personas que fueron nombradas por la mayoría del CEN y no por el Consejo Consultivo como lo mandata el Estatuto. La Comisión Nacional de Elecciones podrá cancelar el registro de candidaturas a todos aquello/as que “hagan acusaciones públicas contra el Partido, sus órganos de dirección y otros aspirantes o protagonistas”. En un contexto que se prevé conflictivo, hace su aparición una suerte de ley mordaza.
Al momento de razonar mi abstención en la votación para aprobar esta convocatoria, pregunté al presidente del CEN, el motivo por el cual no se realizaría el congreso el 20 de noviembre como lo marca el Estatuto. Me respondió que se haría en septiembre para dar tiempo a que se resolvieran las impugnaciones y judicialización que previsiblemente se presentarán. Así las cosas, lo que viene es un Congreso Nacional Ordinario y una nueva tormenta en Morena.