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Aprueban multas de hasta 260,000 pesos para empresas que paguen menos a las mujeres | El Economista

La Cámara de Diputados dio luz verde a una reforma a la LFT para garantizar que mujeres y hombres ganen lo mismo por el mismo trabajo, pero no consideró dentro de estos cambios el proyecto avalado desde 2021 por el Senado para abatir de manera amplia la brecha salarial de género en empresas y gobierno.

Ilustración EE: Nayelly Tenorio

BLANCA JUÁREZ / EL ECONOMISTA

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad reformar la Ley Federal del Trabajo (LFT) para garantizar la igualdad salarial entre hombres y mujeres. Las empresas que la incumplan pagarán una multa de entre 50 a 2,500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, de entre 5,187 y 259,350 pesos.

El dictamen de la Comisión del Trabajo y Previsión Social no incluyó una minuta del Senado sobre el mismo tema, pero que más profunda y amplia, pues incluye cambios a 14 leyes para garantizar la igualdad salarial por cuestión de género en los sectores público y privado. Tampoco incorporó otras propuestas que aludían a las mujeres deportistas y a los contratos colectivos.

“En México tenemos una condición verdaderamente grave e inaceptable. El Instituto Nacional de las Mujeres señala que las mujeres ganan 32% menos que los hombres”, señaló la diputada Amalia García (PRI).

Una de las modificaciones aprobadas por el pleno fue al artículo 86 de la LFT, el cual ya indica que a trabajo igual corresponde salario igual. Las diputadas y los diputados le agregaron un párrafo que dice: “Los patrones garantizarán la igualdad sustantiva y la no discriminación motivada por el género”.

En tanto, en el artículo 132 del marco legal, espacio en donde se señalan las obligaciones de las empresas, agregaron una más: “Fomentar la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres mediante el pago del salario igual por trabajo igual”.

También establecieron la prohibición a despedir o coaccionar a la renuncia por razones de origen étnico, género, edad, discapacidad y condiciones de salud, entre otras. Ese impedimento se integró a la fracción I del artículo 133, el cual actualmente señala que las empresas no pueden rechazar a las personas trabajadoras por los anteriores motivos.

El dictamen agrega además otra prohibición dentro del artículo 133 con consecuencias económicas para las empresas que incumplan la nueva ordenanza. Una nueva fracción, la XVIII, establece que los centros laborales no podrán violar la igualdad sustantiva.

La reforma fue enviada a la Cámara Alta para su revisión.

Reforma laboral sin dientes

El Senado aprobó en 2021 un paquete de reformas a la LFT y a otras leyes para garantizar la igualdad salarial entre hombres y mujeres. La minuta fue remitida a San Lázaro también para su revisión, pero sigue congelada en la Comisión del Trabajo y Previsión Social.

De esta manera, los cambios legales para que las mujeres tengan mayor garantía de obtener salarios justos son hasta el momento sólo buenas intenciones en el papel, no son reformas aplicables todavía.

El proyecto avalado por las senadoras y los senadores obliga a las empresas a identificar y hacer del conocimiento de las autoridades las acciones que afecten el principio de igualdad salarial.

También ordena que para eliminar la brecha de género, las empresas, instituciones públicas y sociales deberán tramitar el Certificado de Igualdad Laboral de Género y No Discriminación y acreditar que cuentan con prácticas que favorezcan el desarrollo integral de todas las personas trabajadoras.

Esta minuta modifica 14 leyes y señala como violencia laboral preguntar el historial salarial en el proceso de contratación o de la relación laboral.

Durante la discusión en el pleno, la diputada Amalia García (MC) lamentó que la minuta del Senado no haya sido integrada al proyecto de la Comisión de Trabajo porque, al igual que su iniciativa, le pone “dientes a la reforma”.

Las deportistas sí pueden ganar menos

En tanto, la Comisión del Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados rechazó incluir en el dictamen aprobado este jueves una propuesta para incluir en el artículo 294 de la LFT que “las y los deportistas profesionales deberán recibir un salario justo y acorde con la realidad económica que se vive en los deportes”.

En 2017, la Liga MX Femenil estableció un tope salarial de 2,000 pesos al mes para las futbolistas de más de 23 años, y de 500 pesos para las menores de esa edad. Si bien los dueños de la liga tuvieron que eliminar dicho tabulador, la mayoría sigue ganando salarios bajos, de acuerdo con la comunicadora y académica Adrianelly Hernández.

Sin embargo, la comisión consideró que la propuesta se contraponía con el artículo 297 de la LFT, el cual establece que en los eventos o funciones deportivas sí se pueden pagar salarios distintos por trabajos iguales.

Tampoco admitieron una propuesta para que el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) verifique los contratos colectivos de trabajo (CCT) y reglamentos interiores “contemplen medidas objetivas para eliminar la brecha salarial de género”.

Desecharon también una iniciativa para obligar a una coordinación entre la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para velar por el pago salarial igualitario hacia hombres y mujeres en las empresas.

Fuente: https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Aprueban-multas-de-hasta-260000-pesos-para-empresas-que-paguen-menos-a-las-mujeres-20230310-0007.html

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