“Los días feriados o festivos tienen por objeto que las y los trabajadores celebren, con entera libertad, las festividades cívicas o religiosas que se conmemoran en esas fechas”, de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
REDACCIÓN PROCESO
CIUDAD DE MÉXICO. – Para el año venidero, la Ley Federal del Trabajo (LFT) contempla días festivos oficiales y para el 2023 son siete.
Los días festivos establecidos en la ley, son fechas en la que los trabajadores no están obligados a reportarse en sus centros de trabajo y, si realizan alguno deberán recibir el pago doble de su sueldo por día laborado. Si el día feriado cae en domingo y el empleado trabaja, debe recibir un triple pago de su sueldo y una prima dominical de 25% sobre el salario diario percibido. Éstos son adicionales a las vacaciones.
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“Los días feriados o festivos tienen por objeto que las y los trabajadores celebren, con entera libertad, las festividades cívicas o religiosas que se conmemoran en esas fechas”, de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
Para el entrante año 2023 los días oficiales son los siguientes:
- Domingo 1 de enero. Año Nuevo.
- Lunes 6 de febrero. Día de la Constitución.
- Lunes 20 de marzo. Natalicio de Benito Juárez.
- Lunes 1 de mayo. Día del Trabajo.
- Sábado 16 de septiembre. Aniversario de la Independencia de México.
- Lunes 20 de noviembre. Aniversario de la Revolución Mexicana.
- Lunes 25 de diciembre. Navidad.
Estos días será de “puente” para los trabajadores, a excepción del 1 de enero y 16 de septiembre que se caen en fin de semana.
En la ley laboral se estableció que se sancionará con 24 mil 55 hasta 481 mil 100 pesos, por incumplir con el pago por laborar un día festivo obligatorio.
Además, estos días no pueden ser tomados a cuenta de vacaciones, sino que se deben sumar a los días libres a los que tiene derecho un empleado, cada año.
También hay días no oficiales o no establecidos por la ley, pero algunos trabajadores pueden no trabajar. Para el 2023 son:
- Jueves 6 y 7 de abril. Semana Santa.
- Miércoles 10 de mayo. Día de las madres.
- Jueves 2 de noviembre. Día de muertos.
- Martes 12 de diciembre. Día de la virgen de Guadalupe.
Asimismo, en el calendario escolar 2022-2023 de la Secretaría de Educación Pública (SEP) se establecieron las siguientes fechas como feriados para alumnos de nivel básico y no habrá clases:
- Viernes 27 de enero. Consejo Técnico Escolar y Taller Intensivo de Formación Continua para Docentes, Nuevos Planes y Programas de Estudio, así como la descarga administrativa.
- Lunes 6 de febrero, día festivo oficial.
- Viernes 17 de marzo. Consejo Técnico Escolar y Taller Intensivo de Formación Continua para Docentes, Nuevos Planes y Programas de Estudio, así como la descarga administrativa.
- Viernes 28 de abril. Técnico Escolar y Taller Intensivo de Formación Continua para Docentes, Nuevos Planes y Programas de Estudio, así como la descarga administrativa.
- Lunes 1 de mayo, día festivo oficial.
- Viernes 5 de mayo. Día de la Batalla de Puebla.
- Lunes 15 de mayo. Día del maestro.
- Viernes 26 de mayo. Técnico Escolar y Taller Intensivo de Formación Continua para Docentes, Nuevos Planes y Programas de Estudio, así como la descarga administrativa.
- Viernes 30 de junio. Técnico Escolar y Taller Intensivo de Formación Continua para Docentes, Nuevos Planes y Programas de Estudio, así como la descarga administrativa.
- Estudiantes y maestros también tendrán un periodo vacacional de Semana Santa, del 3 al 14 de abril.