EDGAR GUZMÁN URIBE / ÁNGULO 7
Al divorciarse, cualquiera de los integrantes de la pareja que se haya dedicado a labores del hogar debe recibir hasta el 50 por ciento del valor de los bienes adquiridos en matrimonio, propuso la diputada Daniela Mier Bañuelos en el Congreso de Puebla.
La iniciativa, presentada este miércoles en la sesión de la Comisión Permanente, plantea modificaciones al artículo 376 Bis del Código Civil , aunque tampoco se establece una sanción en caso de no hacerlo.
En el documento, la diputada señaló que la práctica de conceder al hombre, de forma implícita o explícita, el derecho a una mayor parte del patrimonio, aun cuando se extingue el matrimonio, es contraria a lo establecido por el principio de igualdad entre cónyuges.
Refirió que con esto se busca garantizar el derecho a una compensación económica cuando la unión se haya dado en el régimen de separación de bienes, protegiendo así a la niñez y a persona (que tradicionalmente es la mujer) que se dedicó a las labores del hogar.
En entrevista, detalló que este beneficio es independiente de lo que se tenga que dar como manutención de los hijos, por lo que se plantea que no podrá ser inferior al 10 por ciento y como máximo el 50 por ciento del valor de los bienes adquiridos durante el tiempo que estuvieron casados.
“Esta iniciativa pretende establecer la repartición de los ingresos y bienes adquiridos dentro del matrimonio, con el fin de atender y remediar situaciones de desigualdad o desequilibrio económico entre los cónyuges, especialmente de las mujeres, mediante el establecimiento de una compensación económica al desarrollar preponderantemente labores del hogar”, expuso la legisladora poblana.
La propuesta busca erradicar una discriminación histórica a la mujer en cuanto al desarrollo económico de su vida, ya que “es patente” en la vida diaria de ella y afecta su derecho de igualdad, lo que hace presente una falta al derecho de igualdad reconocido internacionalmente y también constitucionalmente en el ordenamiento jurídico.
Debe ser repartición con principios de equidad
Ante esta, en la reforma se propone que para efectos de divorcio al existir régimen de separación de bienes, cuando alguno de los cónyuges haya realizado trabajo del hogar como tareas de administración, dirección, atención y cuidado de la familia o tenga menos bienes que el otro cónyuge, tendrá derecho a una compensación hasta del 50 por ciento del valor de los adquiridos en el matrimonio en base en los principios de equidad y proporcionalidad.
Asimismo, se plantea que será el juez el que habrá de resolver, atendiendo al tiempo que duró el matrimonio, los bienes con que cuentan los cónyuges, la custodia de los hijos y las demás circunstancias especiales de cada caso.
Además de que dentro del procedimiento de divorcio, tomando en cuenta la masa patrimonial formada o incrementada durante el matrimonio, sin que esta pueda ser inferior al 10 por ciento o exceder del 50 por ciento de la misma a excepción de los que se adquieran por sucesión y donación.
Sin embargo, no tiene un carácter sancionador, sino estrictamente reparador, por lo que puede solicitarse y ser acordada tanto a favor del cónyuge inocente como del culpable en un caso de divorcio contencioso, además de que la falta de éste no interfiere con el derecho de acceder a una compensación, pues tal condición debe ser resuelta de forma independiente a la culpabilidad de cada una de las partes.
LPR
Fuente: https://www.angulo7.com.mx/2022/07/27/que-amas-de-casa-tengan-50-de-bienes-tras-divorcio-reforma/