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¿Puede el INAI investigar a un particular? No tiene facultades, explican expertas | SinEmbargo

El Presidente López Obrador pidió al INAI hacer públicos los ingresos y bienes del periodista Carlos Loret de Mola, una facultad que el instituto no posee ya que viola la Ley de Protección de Datos Personales, coincidieron expertas en temas de transparencia.

MONTSERRAT ANTÚNEZ ESTRADA / SINEMBARGO

Ciudad de México, 15 de febrero (SinEmbargo).– El Presidente Andrés Manuel López Obrador ha difundido en los últimos días información sobre las supuestas ganancias anuales del periodista Carlos Loret de Mola, además de pedirle al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) a través de una carta que investigue el origen de su riqueza, no obstante especialistas en temas de transparencia indicaron que el organismo no tiene facultades para ello.

Expertas consultadas por SinEmbargo coincidieron en que al difundir datos públicos el Presidente atentó contra la protección de datos y la libertad de expresión. Además, alertaron que no se sabe si funcionarios públicos cometieron irregularidades que permitieron la difusión de dichas cifras.

López Obrador difundió desde el 11 de febrero en su conferencia matutina datos que, según afirmó, le hicieron llegar de manera anónima en la Oficina de Atención Ciudadana de la Presidencia sobre el ingreso anual del periodista Loret de Mola en 2021. La exhibición desde Palacio Nacional tuvo lugar 14 días después de la publicación de un reportaje de Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) y el medio Latinus donde se reveló que José Ramón López Beltrán y su pareja, Carolyn Adams, ocuparon en 2019 y 2020 una casa cuyo dueño es Keith L. Schilling, ejecutivo de Baker Hughes, empresa beneficiada con un contrato de Petróleos Mexicanos (Pemex) entre esos años.

María Marván Laborde, excomisionada presidenta del entonces Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI) de 2002 a 2006, explicó que al difundir datos personales sensibles del comunicador se violó la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares porque no es un funcionario público, por ello ni él ni las empresas donde labora están obligados a transparentar sus ingresos anuales.

El derecho a la protección de datos personales también está reconocido en el Artículo 16 de la Constitución mexicana.

La también académica del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM detalló que el INAI sí tiene facultades para pronunciarse e investigar si desde la Presidencia se vulneró el derecho a la protección de datos personales.

“El Presidente tenía la obligación de no publicar esos datos aun cuando los hubiera recibido porque son datos personales sensibles, pero el INAI en un curso normal de las cosas [sin una queja de por medio] no podría hacer nada”, agregó.

El 14 de febrero el Consejo Consultivo del INAI recomendó a dicho instituto iniciar un procedimiento de oficio por la exhibición de los datos de Loret de Mola y le pidió que emitiera medidas cautelares y de apremio “ante un daño inminente o irreparable en materia de privacidad”.

Este martes, el Presidente difundió una carta dirigida a Blanca Lilia Ibarra Cadena, Comisionada presidenta del INAI, donde pidió que el instituto realice “una investigación para hacer públicas las percepciones, los bienes y el origen de la riqueza que de Carlos Loret, sus socios y familiares”.

Marván Laborde enfatizó que el INAI “no tiene absolutamente ninguna facultad para investigar cuánto gana y qué propiedades tiene un particular, bajo ninguna circunstancia. Quien puede investigar esto es la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), sólo si hay una razón fundada, como en el supuesto de que se investigue a alguien por ilícitos”.

La protección de los datos personales también está definida en el artículo 6 de la Constitución donde se diferencian dos derechos: 1) El acceso a la información pública, es decir, la que está en poder de las autoridades, como los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; 2) El derecho a la protección de datos personales y la vida privada.

En la conferencia de prensa de este lunes, el Presidente mencionó que los medios tienen que transparentar su información porque “tienen que ver con lo público, todos, son entidades de interés público, son concesiones que otorga el Estado”, dijo.

Marván Laborde explicó que las empresas privadas dueñas de medios no deben publicar los sueldos de sus empleados:

“En México hay medios públicos y privados, los medios que él está citando son privados y en ninguna parte, en la Ley de Medios y en ninguna otra ley está establecido que los emolumentos que reciben los funcionarios sean públicos”, opinó.

Fuente: https://www.sinembargo.mx/15-02-2022/4124967

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